
- El Gobierno ultima la aprobación de una ley pionera que limita las prácticas empresariales que acortan la vida útil de los productos, obliga a informar sobre la reduflación y regula la publicidad alarmista.
En un nuevo paso hacia un modelo económico y social más respetuoso con el medio ambiente y los derechos de los consumidores, el Gobierno español aprobará el próximo 1 de julio, en Consejo de Ministros, la esperada Ley de Consumo Sostenible, impulsada por el Ministerio de Consumo, Derechos Sociales y Agenda 2030.
La norma, que refuerza el compromiso de España con la sostenibilidad y la economía circular, introduce medidas para combatir prácticas como la obsolescencia programada, la reduflación y la publicidad del miedo, todas ellas con un impacto directo en la generación de residuos, el despilfarro de recursos y la transparencia en el mercado.
Fin a la obsolescencia programada: productos diseñados para durar
Una de las principales novedades de la ley es la prohibición explícita de las prácticas de diseño que limiten intencionadamente la vida útil de los productos. En concreto, quedará vetado:
- Introducir en los productos características técnicas o de software que acorten su duración.
- Inducir de forma directa o indirecta al consumidor a sustituir baterías u otras piezas antes de lo necesario.
Con esta medida, el Ejecutivo pretende frenar el crecimiento exponencial de los residuos electrónicos, uno de los flujos de desechos de mayor crecimiento en Europa y el mundo, y alinear el mercado con los principios de la economía circular, donde la durabilidad, reparabilidad y reutilización son claves.
Reduflación: transparencia ante envases engañosos
Otro aspecto destacado de la ley aborda la reduflación, una práctica cada vez más común que consiste en reducir la cantidad de producto en un envase sin modificar su precio, generando un engaño económico para el consumidor y, en muchos casos, un aumento innecesario de residuos de envases.
A partir de la entrada en vigor de la ley, será obligatorio informar de forma «clara, legible y visible» en el punto de venta cuando se produzca una reducción en la cantidad o el número de unidades de un producto que suponga un encarecimiento por unidad. Esta información deberá mantenerse al menos durante 90 días.
Publicidad del miedo: el riesgo debe ser real y medible
La ley también regula la llamada publicidad del miedo, habitual en sectores como las alarmas o los seguros, donde se utilizan mensajes alarmistas sin ofrecer datos objetivos sobre la magnitud o probabilidad del riesgo.
Las empresas que empleen el miedo como recurso publicitario deberán incluir información complementaria de carácter estadístico o cualitativo, que permita al consumidor comprender la frecuencia, el impacto real y la dimensión del supuesto peligro.
Más control y vigilancia
Los organismos de consumo, tanto a nivel estatal como autonómico, así como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), serán los encargados de velar por el cumplimiento de esta ley y sancionar los incumplimientos.
Una ley en sintonía con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
Con esta normativa, España da un paso decisivo para avanzar en la protección de los consumidores, pero también en la reducción de residuos, el uso eficiente de los recursos y la lucha contra el consumismo insostenible, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas y las directrices del Pacto Verde Europeo.
Esta ley supone no solo un refuerzo de los derechos del consumidor, sino también un instrumento clave para minimizar el impacto ambiental del consumo cotidiano, en un contexto en el que la sostenibilidad ya no es una opción, sino una necesidad.
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